Contacto UNA Inicio
 
BCH_Colombia
 
Contactos nacionales
Punto focal nacional del
   BCH/CIISB
Puntos focales nacionales
Autoridades nacionales competentes
Lista de expertos
Comités técnicos nacionales
   de bioseguridad
Procedimientos nacionales
Marco reglamentario
Documentos normativos
Decisiones de conformidad con AFP
(art 7)
Decisiones Artículo 11
Otras decisiones
   Transito
      (art 6.1)
   Uso confinado
      (art 6.2)
   Procedimiento simplificado
      (art 13)
   Movimiento involuntario
      (art 17)
   Movimientos ilicitos
      (art 25)
Evaluaciones de riesgo
Desarrollo de capacidad
Capacitaciones realizadas
en Colombia
Contáctenos
Cuenta de correo:
bch@humboldt.org.co
Teléfono:
571 - 2877514 ext 120, 126
 

 


Comités Técnicos Nacionales de Bioseguridad

Mediante el artículo 18 del Decreto 4525 de 2005, se establecen los Comités Técnicos Nacionales en Bioseguridad. Estos Comités son los encargados de recomendar a la Autoridad Nacional Competente respectiva , la expedición del acto administrativo que aprueba o niega las solicitudes para desarrollo de actividades con OVM.

Esta recomendación se realiza luego que el Comité, examina y evalúa los documentos de evaluación de riesgo de los OVM, solicita la información que debe ser presentada por el interesado y examina las medidas dentro del marco de la Ley 740 de 2002.

Cada Comité dependiendo del sector, tiene funciones específicas y está conformado por diferentes miembros. A continuación podrá conocer las funciones y la conformación de los tres Comités establecidos en Colombia.

Comité Técnico Nacional de Bioseguridad para -OVM- con fines agrícolas, pecuarios, pesqueros, plantaciones forestales comerciales y agroindustria
Comité Técnico Nacional de Bioseguridad para OVM con fines exclusivamente ambientales.
Comité Técnico Nacional de Bioseguridad para OVM con uso en salud o alimentación humana exclusivamente - CTNSalud.
  Resolución 0227 - 1 de Febrero de 2007: Por la cual se dictan algunas disposicines sobre la convocatoria, funcionamiento y sesiones del CTNSalud
  Funciones (Artículo 28): 
  a) Examinar y evaluar los documentos de evaluación de riesgo que presente el interesado.
b) Solicitar la información que de conformidad con este decreto deba ser presentada por el interesado, así como la adicional o complementaria a la misma.
c) Examinar las medidas dentro del marco de la Ley 740 de 2002, para evitar, prevenir, mitigar, corregir y/o compensar los posibles riesgos o efectos y los mecanismos para su gestión, incluidas las de emergencia que se presenten.
d) Recomendar al Ministro de la Protección Social la expedición del acto administrativo, a que se refieren los artículos 7o y 8o de este Decreto.
  Conformación (Artículo 27): 
  a) Ministro de la Protección Social o su delegado.
b) El Director del Instituto Nacional para la Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA- o su delegado.
c) El Director de Colciencias o su delegado
  Solicitudes en trámite ante el comité técnico nacional de bioseguridad de OGM de uso en salud y
  alimentación humana exclusivamente (CTNsalud).
  Solicitudes ante el CTNSalud (2009)
  Agenda reuniones del CTNSalud (2008)
 


Viernes 20 de febrero de 2009
Viernes 27 de marzo de 2009
Viernes 25 de septiembre de 2009
Viernes 11 de diciembre de 2009

Si usted desea conocer los documentos de consultas públicas sobre bioseguridad relacionada con OGM, visite la página web del INVIMA en su sección "Consultas públicas"
Contacto:  
  INVIMA
Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos [Ver +]

Adriana Castaño
acastanoh@invima.gov.co
 

Nuestros socios

 
  Gobierno en línea Convenio sobre diversidad biológica BCH Portal central
IAvH
CHM-Colombia SIB-Colombia  
 
 
 
  MADR MPS MAVDT